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ÁFRICA OCCIDENTAL ESPAÑOLA |
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Orden circular de 28 de agosto de 1934
Reglamento de Uniformidad para la Oficina Indígena y Guardia Civil de Ifni
En el cuello de la guerrera se usará por debajo del arma o cuerpo el emblema llamado de Policía Indígena, en metal dorado, consistente en una media luna horizontal y superpuesta a ella una estrella de cinco puntas, símbolo del servicio de información
La tropa coloca en el cuello de la guerrera un triángulo escusón de color azul celeste sobre el que irá colocado el emblema de las tropas
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Diario, verano, para jefes, oficiales y suboficiales de la Oficina Indígena y Guardia Civil de Ifni
Diario, invierno, para jefes, oficiales y suboficiales de la Oficina Indígena y Guardia Civil de Ifni
Gala para recepciones y actos de etiqueta fuera del servicio
Colección legislativa |
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Orden de 2 de abril de 1941
Delegación del Gobierno en Ifni o Ifni-Sahara
Estrella de cinco puntas sobre media luna y bajo corona. Lleva inscrito el nombre de IFNI o de IFNI-SAHARA en la media luna
Anulada por orden de 30 de noviembre de 1955
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Orden de 28 de marzo de 1950
Delegación del Gobierno en Ifni o Ifni-Sahara
Media luna de oro entre cuyos cuernos va un dromedario blanco, capa especialmente distinguida sobre la ordinaria terrosa, de 40 por 50 milímetros; sobre la media luna, y en letras azules lleva la inscripción ÁFRICA OCCIDENTAL ESPAÑOLA
A partir de 1958 se sustituyó la inscripción por las de IFNI y SAHARA
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Territorios del África occidental española |
Ifni |
Sahara |
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Orden de 7 de diciembre de 1954, derogada por orden de 17 de mayo de 1956
Fuerzas, unidades especiales y servicios del Gobierno del África occidental española
El distintivo de la fuerzas, unidades especiales y servicios del Gobierno del África occidental española, podrá usarse sobre el uniforme militar, durante el tiempo que se pertenezca a las mismas y cuando se pase a servir a otros destinos
Es condición precisa haber prestado servicio durante un mínimo de dos años en cualquiera de las fuerzas, unidades o servicios enumerados en el mismo. Cada año más de servicio dará derecho a la adición de una barra de color azul, de dos milímetros de espesor colocada a cinco milímetros del distintivo. Cada cinco barras azules serán sustituidas por una dorada de cinco milímetros
El de jefes, oficiales y suboficiales es de construcción metálica, revestida de esmalte, con fondo azul. Las barras adicionales serán de esmalte azul o en oro, según corresponda. Se colocará en la parte superior derecha del pecho
El distintivo para tropa será bordado en seda, color azul, sobre paño en que estén representados los colores de la bandera española. Las barras adicionales serán bordadas con seda azul o amarilla, según corresponda. Se usará sobrepuesto en el antebrazo derecho
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Orden de 17 de mayo de 1956. Modificada por Orden de 14 de junio de 1958
Permanencia en territorios de África occidental española
Se crea un distintivo especial para premiar la permanencia de los generales, jefes, oficiales, suboficiales y cuerpos técnicos y auxiliares en las fuerzas, servicios y organismos dependientes de la Presidencia del Gobierno, o de los Ejércitos de Tierra, Mar y Aire que radiquen en los territorios del África occidental española
Será de construcción metálica, revestida de esmalte con fondo azul. Las barras adicionales serán de esmalte azul o en oro, según corresponda. Se colocará sobre el uniforme en el lado derecho del pecho
Puede usarse sobre el uniforme tanto durante la permanencia en los territorios como en destinos posteriores, siendo precisa para la concesión la permanencia efectiva durante dos años consecutivos. Cada año más de servicio dará derecho a la adición de una barra de color azul, de dos milímetros de espesor colocado a cinco milímetros del distintivo. Cada cinco barras azules serán sustituidas por una dorada de cinco milímetros
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Dos años de permanencia Colección particular |
Seis años de permanencia Colección particular |
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Orden de 14 de junio de 1958
Permanencia en provincias del África occidental española
La división en dos provincias de los Territorios del África Occidental Española, establecida en el Decreto de 10 de enero de 1958, hace necesario sustituir el distintivo creado por la de 17 de mayo de 1956 para premiar la permanencia en los mismos por otros que, refiriéndose a cada una de las provincias creadas se adapten a la situación actual
El distintivo será sustituido por un distintivo especial para cada una de las provincias de Ifni y Sahara Español
Los distintivos serán de construcción metálica, revestida de esmalte; llevarán en azul la franja comprendida entre los dos círculos concéntricos y en blanco el fondo interior. La franja azul llevará la inscripción en letras doradas de la provincia de que se trate
El plazo de permanencia queda reducido a un año para la obtención de los mismos, cuando se trate de oficiales generales del Ejército que desempeñen o hayan desempeñado durante ese tiempo el cargo de gobernador general en cualquiera de las dos provincias
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Provincia de Ifni Seis años de permanencia Colección particular |
Provincia de Sahara español Dos años de permanencia Colección particular |
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