Para premiar a las personas que hayan prestado servicios eminentes o hayan tenido destacada actuación, en cualquiera de sus manifestaciones, para la conservación de la naturaleza y protección del patrimonio natural y de la biodiversidad, la lucha contra el cambio climático, la calidad ambiental, la defensa y promoción de la sostenibilidad de los recursos hídricos marinos y continentales, y en general en defensa del medio ambiente
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Gran Cruz de la Orden Civil del Mérito Medioambiental Real decreto 1036/2009, de 29 de junio
Banda de seda color verde y azul, de 101 milímetros de ancho, terciada desde el hombro derecho al costado izquierdo, unida en sus extremos con una roseta de la misma clase de la que pende la Cruz en oro de la Orden
Esta Cruz será de 48 por 50 milímetros, ornamentada por rayos esmaltados de color verde y grabada sobre un círculo de oro destacará un árbol principal, acompañada de dos esquejes en los laterales, protegidos por unas estacas que facilitan su crecimiento. En la parte inferior del círculo y en una faja de esmalte blanco que rodea aquél, se leerá en letras capitales de oro la inscripción: MÉRITO MEDIOAMBIENTAL. Sobre este círculo irá la corona real y arrancando de ella, de uno y otro lado, en forma de collar se enlazarán los signos del Zodíaco; en la parte inferior irá el escudo de España, de suerte que su extremo superior aparezca superpuesto en la faja de esmalte blanco y dividiendo la inscripción Mérito Medioambiental. A la derecha e izquierda del escudo arrancarán por un lado una rama de vid y por el otro unas espigas de trigo
Sobre el lado izquierdo del pecho se ostentará la placa de oro de la Orden, de 74 por 77 milímetros de igual diseño que la Cruz anteriormente descrita
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Encomienda de número de la Orden Civil del Mérito Medioambiental Real decreto 1036/2009, de 29 de junio
Placa de plata de igual tamaño, forma y alegoría que la de la correspondiente Gran Cruz, que se ostentará, sobre el lado izquierdo del pecho
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Encomienda de la Orden Civil del Mérito Medioambiental Real decreto 1036/2009, de 29 de junio
Cruz en oro de igual forma y alegoría que la de la correspondiente Gran Cruz, dimensiones de 59 por 61, que se llevará colgada al cuello, pendiente de una cinta de seda verde y azul de igual matiz que la banda y de 45 milímetros de ancho
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Cruz de Oficial de la Orden Civil del Mérito Medioambiental Real decreto 1036/2009, de 29 de junio
Cruz en oro de forma y alegoría análogas a la de la correspondiente Encomienda, y dimensiones de 49 por 51 milímetros, que se usarán mediante una cinta de 30 milímetros de ancho, de los colores de la Orden, prendidas en el lado izquierdo del pecho por un pasador hebilla de metal dorado
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Cruz de la Orden Civil del Mérito Medioambiental Real decreto 1036/2009, de 29 de junio
Cruz en plata de iguales dimensiones y forma que la respectiva Cruz de Oficial, utilizándose de igual manera que la misma
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Medalla de Bronce de la Orden Civil del Mérito Medioambiental Real decreto 1036/2009, de 29 de junio
Idéntica a la de la respectiva cruz sencilla, pero la cruz será en bronce, sin esmalte alguno, utilizándose de igual manera que las de Oficial y sencilla
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