ORDEN DEL MÉRITO CIVIL   |   CIVIL ORDER OF MERIT
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Tiene por objeto premiar los méritos de carácter civil, adquiridos por el personal dependiente de alguna de las Administraciones públicas incluidas en el ámbito de la Ley 30/1992, o por personas ajenas a la Administración, que presten o hayan prestado servicios relevantes al Estado, con trabajos extraordinarios, provechosas iniciativas, o con constancia ejemplar en el cumplimiento de sus deberes
  Collar
(Decreto de 3 de febrero de 1945) Real Decreto 2395/1998, de 6 de noviembre
Período de uso: 1945-
La insignia estará formada por una pieza central que representa el Escudo Nacional, en metal dorado y esmalte, con cuartelado sencillo, pendiendo de ella la Cruz de la Orden, que luego se describe, a un tamaño de 56 x 58 milímetros y completada con doble ramo de laurel en esmalte verde. A ambos lados del referido escudo parten las piezas o eslabones de que se compone el Collar propiamente dicho, en número de nueve piezas. Cinco de ellas, de forma oval, estarán formadas por la alegoría central de la Cruz de la Orden, bordeada con laurel dorado, e irán colocadas a la izquierda y derecha del escudo central y alternando con las cuatro piezas restantes que estarán formadas por un aspa de esmalte azul finamente bordeada de blanco, y sobre ella, dos ramos de laurel entrelazados, que simbolizan las virtudes cívicas que se premian. Todos estos eslabones se unirán al escudo central mediante una doble cadena formada por anillas de estilo gótico, completando una caída de cadena que une la parte media de las dos piezas con la parte baja del escudo
Las personas que estén en posesión del Collar podrán usar, en actos cuyo ceremonial no requiera usar el mismo, una Gran Cruz de iguales características que la que luego se describirá para el grado de Gran Cruz, con la diferencia de que su placa llevará doble ramo de laurel en esmalte verde, y la banda estará formada por una cinta de moaré de seda, de 101 milímetros De anchura, de color azul intenso, con dos franjas blancas, de 10 milímetros de anchura, situadas en los bordes
Por razones prácticas y facultativamente, las señoras podrán usar la Gran Cruz del Collar con las dimensiones que se indican: placa, 69 x 71 milímetros, banda, 45 milímetros de ancho y venera, 38 x 42 milímetros
COLECCIÓN JOSÉ LUIS ARELLANO Gran Cruz
(Real Decreto de 25 de junio de 1926) Reglamento por Real Decreto 2396/1998, de 6 de noviembre
Período de uso: 1926-1931; 1942-
Constará de una banda de seda de 101 mm de ancho, que se colocará, terciada, del hombro derecho al costado izquierdo, de color azul intenso, dividida a lo largo por una franja estrecha blanca; del rosetón, que unirá los extremos de la misma, penderá la Cruz de la Orden; ésta será de metal dorado, de 48 x 50 mm, formada por cuatro brazos iguales, en forma de aspa, esmaltados en azul intenso, y finalmente bordeados de blanco; entre estos brazos llevará cinco ráfagas abrillantadas del mismo metal. En su centro, un óvalo de esmalte azul intenso, orlado de filete blanco, con la inscripción en color oro Al Mérito Civil, y en el centro troquelado en alto relieve, el motivo característico de la Orden, que será una matrona apoyada sobre una columna, con una espada en su mano diestra, templada en el fuego del sacrificio, como símbolo de las virtudes cívicas. Entre los extremos superiores de las aspas, figurará la corona real. Todo el conjunto anterior pende de una corona de laurel esmaltada en verde. Sobre el costado izquierdo ostentarán una placa dorada, de igual diseño que la Cruz anteriormente descrita, de 74 x 77 mm, llevando además tres ráfagas abrillantadas del mismo metal, colocadas detrás de cada brazo de las aspas y sobresaliendo de ellas
Por razones prácticas y facultativamente, las señoras podrán usar las insignias de este grado, con las dimensiones que se indican: placa, 61 x 63 mm, banda, 45 mm de ancho, y venera, 38 x 42 mm
COLECCIÓN JOSÉ LUIS ARELLANO Encomienda de número
(Real Decreto de 25 de junio de 1926) Reglamento por Real Decreto 2396/1998, de 6 de noviembre
Período de uso: 1926-1931; 1942-
Consistirá en una placa de iguales características que las descritas para la placa de la Gran Cruz, con la diferencia de su tamaño, que será de 75 milímetros de diámetro y el círculo central que estará formado por un escudo en color con dos columnas coronadas, real la situada en el lado derecho e imperial, la del izquierdo, y como fondo, alumbrando el conjunto, un sol en su orto, por el océano. Rodeando las columnas, y en cinta blanca, se lee en letras de oro: PLUS ULTRA. Esta insignia se colocará sobre el costado izquierdo
Por razones prácticas y facultativamente, las señoras podrán usar esta insignia con el tamaño reducido a 60 milímetros
COLECCIÓN JOSÉ LUIS ARELLANO Encomienda
(Real Decreto de 25 de junio de 1926) Reglamento por Real Decreto 2396/1998, de 6 de noviembre
Período de uso: 1926-1931; 1942-
Consistirá en una cruz dorada, de 48 x 50 mm, idéntica a la venera de la Gran Cruz, que se portará pendiente del cuello mediante una cinta de 45 mm de ancho, con los colores de la Orden, azul y blanco, tal como se describen en el grado de Gran Cruz
Facultativamente y por razones prácticas, las señoras podrán usar esta insignia sustentándola de un lazo doble, con caídas, con los colores de la Orden y portarla, a modo de broche, sobre el lado izquierdo del pecho
COLECCIÓN JOSÉ LUIS ARELLANO Cruz de oficial
(Real Decreto de 25 de junio de 1926) Reglamento por Real Decreto 2396/1998, de 6 de noviembre
Período de uso: 1926-1931; 1942-
Una Cruz dorada, idéntica a la venera de la Gran Cruz, pendiente de una cinta de 30 mm de ancho, con los colores de la Orden y prendida en el lado izquierdo del pecho, con un pasador-hebilla de metal dorado
Por razones prácticas y facultativamente, las señoras podrán usar esta insignia con el tamaño reducido a 38 x 42 mm, sustentarla mediante un lazo doble, con caídas, con los colores de la Orden y portarla, a modo de broche, sobre el lado izquierdo del pecho
COLECCIÓN JOSÉ LUIS ARELLANO Cruz
(Real Decreto de 25 de junio de 1926) Reglamento por Real Decreto 2396/1998, de 6 de noviembre
Período de uso: 1926-1931; 1942-
Consistirá en una Cruz plateada con las restantes características iguales a la de la venera de la Gran Cruz y se ostentará en idéntica forma que la Cruz de Oficial
Por razones prácticas y facultativamente, las señoras podrán usar esta insignia con el tamaño reducido a 38 x 42 mm, sustentarla mediante un lazo doble, con caídas, con los colores de la Orden y portarla, a modo de broche, sobre el lado izquierdo del pecho
COLECCIÓN JOSÉ LUIS ARELLANO Cruz de plata
(Real Decreto de 25 de junio de 1926) Reglamento por Real Decreto 2396/1998, de 6 de noviembre
Período de uso: 1926-1931; 1942-
Una Cruz de cuatro brazos, en forma de aspa, de 33 x 40 mm, entre cuyos extremos superiores figurará la Corona Real, en metal plateado y sin esmalte alguno. En el centro, sobrepuesto, llevará un óvalo troquelado con la inscripción Al Mérito Civil y el motivo característico de la Orden. Se portará de la misma forma que la Cruz de Oficial
Por razones prácticas y facultativamente, la señoras podrán usar esta insignia sustentándola de un lazo doble, con caídas, con los colores de la Orden y portarla, a modo de broche, sobre el lado izquierdo del pecho


Copyright © Antonio Prieto Barrio  —  1.2.2012