Las recompensas que podrán otorgarse a los funcionarios del Cuerpo de Prisiones por méritos contraídos en acto de servicio o relacionados con el mismo, serán los siguientes: |
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Medalla del Mérito Penitenciario de oro
Orden de 16 de marzo de 1944. Orden de 1 de mayo de 1944
Período de uso: 1944-1948
Será de tamaño igual al establecido para las de las Reales Academias
Ostentará en el anverso el emblema de la Justicia, rodeado a modo de orla por la inscripción: DE RE POENITENTIARIA - AL MÉRITO EMINENTE. En el reverso, como símbolo de la redención física, espiritual y moral del delincuente, el escudo de la Orden de la Merced. En la parte superior, a modo de remate de la medalla, la corona del escudo nacional
Se llevará prendida de un cordón de oro, pendiente del cuello del agraciado, hasta la parte superior del pecho del mismo
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Medalla del Mérito Penitenciario de plata de primera clase
Orden de 16 de marzo de 1944. Orden de 1 de mayo de 1944
Período de uso: 1944-1948
De iguales características a las señaladas para la de oro
Se llevará prendida de una cinta de color rojo
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Medalla del Mérito Penitenciario de plata de segunda clase
Orden de 16 de marzo de 1944
Período de uso: 1944-1948
De forma y tamaño igual a la de oro, con iguales características alegóricas y los mismos colores de esmalte
Se lleva prendida de una cinta de color verde
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Medalla del Mérito Penitenciario de plata de tercera clase
Orden de 16 de marzo de 1944
Período de uso: 1944-1948
De forma y tamaño igual a la de oro, con iguales características alegóricas y los mismos colores de esmalte
Se lleva prendida de una cinta de color morado
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Medalla del Mérito Penitenciario de bronce
Orden de 16 de marzo de 1944
Período de uso: 1944-1948
Es toda de este metal, igual en forma y tamaño a las anteriores, con iguales características alegóricas y sin esmaltes
Se lleva prendida de una cinta de color morado
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