Tiene por finalidad recompensar y distinguir a los Oficiales Generales, Oficiales y Suboficiales del Ejército de Tierra, de la Armada, del Ejército del Aire, de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas y del Cuerpo de la Guardia Civil, por su constancia en el servicio y la intachable conducta |
|
Gran Cruz Real decreto 725/2020, de 4 de agosto Período de uso: 2000-
Por ascenso del Caballero o Dama Placa, cuando se cuenten, al menos, tres años de servicio ostentando esta categoría y poseer el empleo de Oficial General, aplicando los abonos y descuentos que procedan
Placa similar a la anteriormente descrita, cargada con una corona real en el brazo superior de la Cruz, apoyada sobre las dos ramas de laurel, descritas en la Encomienda
Se complementará asimismo con una banda de seda de diez centímetros de ancho, de la misma clase y colores asignados para la cinta de la Cruz, que se llevará terciada del hombro derecho al lado izquierdo, uniéndose sus extremos con un lazo de la misma cinta, del que penderá la Cruz sujeta con otro lazo de la cinta correspondiente a esta condecoración |
|
Placa Real decreto 725/2020, de 4 de agosto Período de uso: 2000-
Por ascenso del Caballero o Dama Comendador, cuando se cuenten cinco años de servicio ostentando esta categoría, aplicando los abonos y descuentos que procedan
Mismo escudo que la Encomienda, con adornos exteriores excepto la corona real. Irá acolado a una Cruz de oro con escamas abrillantadas de la misma tonalidad en sus brazos, y entre éstos llevará cinco ráfagas unidas en plata; cada brazo tendrá dos puntas rematadas por pequeños globos en oro. La distancia entre puntas opuestas será de setenta milímetros |
|
|
Encomienda Real decreto 725/2020, de 4 de agosto Período de uso: 2000-
Por ascenso del Caballero o Dama Cruz, cuando se cuenten cinco años de servicios ostentando esta categoría, aplicando los abonos y descuentos que procedan
Cruz, similar a la anteriormente descrita, en la que el escudo de la Orden es de siete milímetros de radio y tiene la bordura en esmalte blanco, con la misma inscripción que la Cruz, y rodeando el todo dos ramas de laurel de sinople frutadas de gules, unidas por sus troncos y liadas en punta con lazo de gules
Se llevará pendiente del cuello con una cinta de treinta milímetros de ancho, de longitud adecuada para que se coloque sobre el nudo de la corbata, de análogos colores a los descritos para la cinta de la Cruz |
|
|
Medalla Real decreto 725/2020, de 4 de agosto Período de uso: 2000-
Veinte años de servicio, aplicando los abonos y descuentos que procedan
Constituida por el escudo de la Orden, sin adornos exteriores, de diez milímetros de radio, en el que la bordura es de color azul más oscuro y con la inscripción en oro: PREMIO A LA CONSTANCIA MILITAR; al reverso, en campo de oro, inscripción grabada en oro: F. VII y bordura de azur
Acolada al escudo una Cruz de cuatro brazos de esmalte blanco fileteados de oro. El brazo superior irá sumado de corona real de oro de quince milímetros. El total de la Cruz, con inclusión de la anilla, será de sesenta milímetros
La cinta de la que se ha de llevar pendiente en el lado izquierdo del pecho, será de treinta milímetros de ancho, dividida en tres partes iguales en sentido longitudinal, siendo la del centro de color carmesí y las otras dos blancas con filetes de dos milímetros carmesíes, formando aguas y su longitud será también de treinta milímetros, sin incluir el pasador |